Desde el Lunes 1 de julio, Costa Rica inicio la implementación del IVA. Esto implicó una actualización y de los procesos tradicionales de la recaudación. Diversos sectores económicos se vieron beneficiados de contar con un IVA diferenciado, entre ellos el sector salud.
Es importante realizar la aclaración que los servicios de salud publico no pagaran ningún impuesto
Servicios Médicos Privados
Según el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado los servicios médicos de salud tendrán un IVA reducido del 4%.
Según este reglamento estarán sujetos los servicios personales que se brinden por centros de salud o profesionales debidamente autorizados. Estos servicios pueden ser brindados de una forma ambulatoria o con hospitalización. Se tomaran en cuenta los servicios de cirugía estética. Tambien los servicios en farmacias como la toma de presión, inyectables, pesaje y servicios de laboratorios clínicos privados.
Cada comprobante emitido, debe detallar de forma separa los diversos servicios brindados y el monto del impuesto, si se dan servicios ajenos a la salud.
Si usted cancela los servicios con tarjeta de debito, crédito o cualquier medio electronico autorizado por tributación, el impuesto cobrado podrá ser reembolsado.
Ahora, este impuesto empezará a regir luego que Hacienda logre desarrollar un sistema para la correcta devolución del IVA, esto en un plazo de 1 año.
Medicamentos
Los medicamentos contaran con una tarifa reducida del 2%. Para saber que productos contaran con ese beneficio, el Ministerio de Hacienda emitirá una resolución, con el listado de medicamentos autorizados en conformidad con el Ministerio de Salud.
Los diversos sectores con tarifa reducida gozan de un beneficio del cual deben conocer a profundidad las varibles de la ley para evitar situaciones conflictivas. En este espacio les brindamos la guía con los puntos relevantes para su sector económico.